miércoles, 27 de julio de 2016

Córdoba: creación del Programa de Protección de la Embarazada y su Bebé

Resolución 175 - Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo

Fecha B.O.: 13-jul-2016

Texto de la norma: 

VISTO: La nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta por Decreto N° 1791/15 , modificado por Decreto N° 39/15, y ambos ratificados por Ley 10337, creando y determinando las competencias de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo y el Decreto N° 560/2016 del Plan PORLAFLIA.

Y CONSIDERANDO:

Que en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo prevista en el Decreto N° 1791/2015, ratificado por Ley N° 10.337 , compete a la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo relativo a la consecución de la equidad social, la capacitación laboral, la promoción del empleo y el fortalecimiento de las asociaciones comunitarias.

Que asimismo, en el artículo 39  del Decreto N° 1791/2015 se establece como competencias de la Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo las de "impulsar políticas públicas con perspectiva de género que contribuyan a la equidad y a la superación de las diversas formas de discriminación contra las mujeres" (inc. 3); y, "promover el desarrollo de las condiciones sociales adecuadas para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de todas las mujeres, en especial el derecho al trabajo, otorgando facilidades para atención de los hijos de las madres trabajadoras y la extensión de la licencia por maternidad" (inc.4).

Que mediante Ley N° 9227 , la Provincia de Córdoba adhiere a la Ley N° 25929  que establece que las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente determinadas prestaciones relacionadas con "el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto".

Que anualmente, una considerable cantidad de mujeres en la Provincia llegan al momento del parto sin haber tenido ningún tipo de control y eso conlleva el riesgo de deterioro de la salud de las madres, sino también el nacimiento de niños con un futuro poco saludable.

Que el Gobierno de la Provincia, a través de la protección hacia la embarazada y su bebé busca implementar políticas tendientes a revertir esta situación y lograr que los niños y niñas nazcan sanos y en mejores condiciones para su desarrollo integral.

Por todo ello, en el marco de las competencias y facultades previstas en el artículo 39° del Decreto N° 1791/15, ratificado por Ley N° 10337;

LA SECRETARÍA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

RESUELVE:

Artículo 1°.- CREACIÓN.Créase el Programa de "Protección de la Embarazada y su Bebé" que tiene por objetivo la prevención en salud de la mujer sin cobertura social durante el embarazo y el control prenatal indispensable para su cuidado y la del bebé por nacer. 

Artículo 2°.- BENEFICIARIAS.Será considerada beneficiaria del Programaaquella mujer embarazada residente en la provincia, queesté desocupada, en situación de vulnerabilidad y sin cobertura social. 

Artículo 3°.- MEDIOS DE ACCESO.Las beneficiarias podrán acceder al Plan a través de las siguientes vías:

a) mesas de informe disponibles en la sede principal de esta Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo;

b) red de farmacias situadas en el territorio provincial y adheridas al Plan mediante acuerdos suscriptos con el Colegio de Farmacéuticos de Córdoba;

c) centros de salud públicos y privados registrados en el Plan;

d) comunas y municipios del interior provincial. 

Artículo 4°.- ALCANCES.La mujer que sea beneficiaria del Plan tendrá derecho a las siguientes prestaciones: a) reintegro del costo del test de embarazo;

b) consultas y exámenes clínicos preestablecidos por ésta Secretaría;

c) exámenes ginecológicos obstétricos completos;

d) exámenes de laboratorio;

e) ecografías obstétricas;

f) provisión de medicamentos (hierro-ácido fólico-vitaminas);

g) control odontológico;

h) vacunación completa;

i) soporte nutricional con provisión de leche entera;

j) ajuar para la mamá y el bebé al momento de parto;

k) control postparto;

l) ingreso y permanencia en el Programa Sumar del Ministerio de Salud de la República Argentina para el control del postparto y seguimiento adecuado del recién nacido. 

Artículo 5°.- La Dirección General de Coordinación del Programa Córdoba Con Ellas dependiente de esta Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo será responsable de la gestión y coordinación del proceso general de implementación del "Programa de Protección de la Embarazada y su Bebé". 

Artículo 6°.- APRUÉBASE el procedimiento para acceder al Programa, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución. 

Artículo 7°.- APRUÉBASE el diseño de la "Ficha de Inscripción" al Programa que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución. 

Artículo 8°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-


FDO: ALEJANDRA VIGO ? SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

ANEXOS

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