miércoles, 15 de julio de 2015

Advierten que la ley de muerte digna no puede aplicarse en Córdoba

Carlos Soriano, miembro del comité de Bioética del Hospital de Urgencias, advirtió que la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de aplicar la ley nacional que permite la interrupción de tratamientos artificiales para prolongar la vida a personas en estado vegetativo, no puede aplicarse en Córdoba porque la legislación de esta provincia contradice a la normativa nacional.
 
El especialista calificó como "histórico" el fallo de la CSJ porque, dijo, un paciente en estado vegetativo "tiene toda la corteza cerebral muerta, y nunca podrá volver a su estado natural".

Esos enfermos, "son incapaces de sentir, de tener dolor, placer, alegría, de comunicarse con sus familiares. Después de un tiempo, las familias los empiezan a ver como un cuerpo que respira. Su alma se ha ido y la persona que está ahí es solamente una cáscara", explicó.

"No pueden tragar, tienen relajación de esfínteres, se babean permanentemente, están con posición fetal, contracturados, hay que alimentarlos con una sonda artificial, la cual es cara, tienen múltiples infecciones", describió el especialista.

Recordó Soriano que la ley 26.742 de muerte digna, "permite retirar, en casos terminales e irreversibles, los tratamientos de hidratación y/o nutrición cuando estos se consideren desproporcionados", pero que la legislación cordobesa prohíbe expresamente la muerte digna, porque el retiro del soporte vital está expresamente excluido en la ley provincial 10.058, sancionada en 2012.

Fuente: Télam

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Los comentarios con contenido inapropiado no serán publicados. Si lo que Usted quiere es realizar una consulta, le pedimos por favor lo haga a través del link de Contacto que aparece en este blog. Muchas gracias