lunes, 6 de abril de 2015

Proyecto de ley que representa iniciativas para mejorar la ley de cadena de frío de los medicamentos

Una serie de iniciativas se presentaron en la Comisión de Salud para mejorar la ley aprobada en el Congreso en 2009, y que regula la forma de garantizar la calidad de los fármacos que necesitan refrigeración.

En 2009, el Congreso nacional aprobó una ley que regulaba la cadena de frío que algunos medicamentos necesitan para mantener su calidad. Si bien en ese momento la normativa se considero justa para el mercado nacional, con el correr del tiempo aparecieron nuevos proyectos que buscaban mejorar esta situación. Así, en la actualidad, existen varias iniciativas para reformar la vieja ley, y controlar mejor este elemento fundamental para la conservación y la calidad de los fármacos.

La norma 26.492 establece que “todos los medicamentos de uso humano o veterinario, conteniendo principios activos termolábiles, deberán tener incorporado un testigo de temperatura en el envase individual, de carácter indeleble, inalterable e irreversible, que permita verificar que dicho producto no ha perdido la cadena de frío al momento de llegar al consumidor”. Ahora, dos nuevos proyectos buscan potenciar esta normativa, y mejorarla.

Las iniciativas fueron elaboradas tanto por oficialistas como por opositores. La primera fue presentada por los diputados Jose Guccione, Carlos Donkin y Oscar Felipe Redczuk del Frente para la Victoria, la segunda por sus pares Bernardo Biella Calvet de UDESO Salta, Mario Fiad de la UCR y Silvia Majdalani del PRO. En este caso, informaron sus autores, se aclara que la idea es “presentar nuevamente el proyecto que en 2009 presentara el diputado nacional Mario Martiarena que obtuvo en el mismo año sanción de la Cámara Baja y que fue presentado nuevamente en 2012, oportunidad en que también ha tenido aprobación por la Cámara de Diputados”.

El consenso que expresan con su firma legisladores de diferentes bloques políticos, desde el oficialismo al PRO, anticipa que el proyecto “podrá ser debatido y aprobado en la Comisión de Salud en los próximos meses”. Además, todos los diputados –excepto el formoseño Redczuk- son integrantes de esa comisión, o sea que pueden motorizar el proyecto desde adentro e impulsar su tratamiento prioritario.

En el proyecto que retoma al debate, los diputados aseguraron que “preservamos los aspectos esenciales” y "coincidimos en la idea del perfeccionamiento de las posibilidades punitivas” que no serán solo para los laboratorios, sino para droguerías y farmacéuticos. Los legisladores al “perfeccionar” el proyecto han reemplazado el término “fábrica” definido en el texto aprobado en marzo de 2009 en el Senado, por “laboratorio titular de la autorización para la comercialización del medicamento, procurando de tal manera que la obligación de incorporar el testigo de temperatura comprenda a laboratorios productores e importadores”.

Una Ley de Regulación de la Cadena de Frío de los Medicamentos ya fue aprobada en marzo de 2009 en el Senado y concedía dos años de plazo para su implementación. Esto obliga a regular la cadena de frío del medicamento desde el laboratorio hasta el expendio al consumidor en farmacias, mediante un testigo (sensor) que deberá ser incorporado a cada unidad. La iniciativa propone la aplicación de medidas “punitivas” en caso de incumplimiento, como multas de hasta un millón de pesos y la clausura de establecimientos.

En el artículo tercero del proyecto “se reitera el mismo régimen sancionatorio, ausente en la actual legislación, extendiendo la responsabilidad del laboratorio a los restantes actores de la cadena de distribución y expendio, con el claro objeto de desalentar el tránsito de medicamentos que no posean el testigo de temperatura, sin interesar si existe ánimo de lucro o no, ya que el interés sanitario es el mismo en ambos casos”, reforzaron.

“Reafirmamos la necesidad de lograr la mejor eficacia en la aplicación de la ley en todo el territorio nacional, acordando la fiscalización con los organismos sanitarios provinciales, lo que justifica que el producido de las multas se destine al presupuesto de salud de la jurisdicción que, cumpliendo con sus tareas de policía sanitaria, pone en acción sus propios recursos para ejecutar la correspondiente fiscalización”, fundamentaron los legisladores.


Fuente: Mirada Profesional 

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