viernes, 5 de septiembre de 2014

La Corte Suprema intervino en un caso de "muerte digna"

La familia de un joven que está en coma hace 11 años había conseguido un fallo de un tribunal provincial para desconectar la sonda. Ahora, el máximo tribunal hizo lugar a un recurso de la clínica y la Defensoría General y ordenó nuevos estudios.

"El argumento principal es el sentido común y el amor que todo el mundo tiene hacia un ser querido que lo ve postrado, que lo ve que hace 20 años se fue, pero que aún no puede ser despedido", relataba hace unos meses Luis Pica, el abogado de la familia de Marcelo Diez, al momento de detallar la situación que se encuentran viviendo.

Marcelo Diez, de entonces 30 años, estaba el 23 de octubre de 1994 yendo en moto a un almuerzo en la chacra familiar, ubicada en las afueras de Neuquén. Sin embargo, un Renault 12 lo llevó por delante y su cabeza dio de lleno contra el asfalto de la Ruta 22. Desde entonces está en estado vegetativo permanente, sin ningún tipo de actividad cerebral. Sólo una sonda en el intestino lo alimenta e hidrata.

Pasados nueve años del trágico hecho, sus hermanas Adriana y Andrea iniciaron el camino judicial para que tenga una muerte digna. El caso llegó primero al Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, que en 2012 expresó: "La cuestión no requiere de autorización judicial", por lo que debía resolverse en el ámbito familiar. Para ello se amparó en la Ley 26.742 que reforma la normativa sobre Derechos del Paciente.

Sin embargo, la Defensoría General y la entidad médica donde estaba internado Marcelo presentaron un recurso extraordinario y así la causa llegó hasta esta instancia, en la Corte Suprema de Justicia, que pidió un informe al cuerpo médico forense que debería estar en un plazo de diez días.

Según el escrito, lo que el informe debe determinar son "las posibilidades de reversibilidad que podría presentar el cuadro que actualmente presenta el paciente en caso de que se restableciera el tratamiento kinésico, se le efectuara estimulación multisensorial integral y se le suministrase medicación destinada a estimular las células nerviosas".

Además, la Corte también solicita "especificar si se encuentran disponibles medidas y acciones para el adecuado control y alivio del eventual sufrimiento del paciente en caso de disponerse la supresión de la hidratación y la alimentación por vía enteral". Se aclaró además que es un "trámite urgente", por lo que cuando esté el informe, la Corte deberá resolver el caso.

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se refirió en abril último al caso y afirmó que desde 1994 no hubo progresos en la salud de Marcelo Diez, "que continúa sin mostrar signos de consciencia de sí mismo o del mundo exterior, lo que caracteriza al estado vegetativo" y basó su afirmación en las pericias de los forenses y resultados de resonancia nuclear magnética que señalan que "el daño cerebral es irreversible".

Sin embargo, luego de la pronunciación de la Procuraduría, el obispo de Neuquén, monseñor Virginio Bressanelli, opinó que retirar los soportes vitales implica retirar la alimentación, y que eso equivale a un asesinato. El ministro de Salud de la provincia, Rubén Butigué, también se refirió en su momento al caso, y fue tajante al asegurar que "ningún" médico va a asumir la responsabilidad de dejar de proveer de alimentación y agua a Marcelo Diez.

Fuente: Infobae

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